El Tribunal Supremo ha emitido varias sentencias en febrero de 2024, que afectan favorablemente a los contribuyentes que recibieron una indemnización por el Impuesto sobre “Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos” (conocido como “céntimo sanitario”), obtenida a través del procedimiento de Responsabilidad Patrimonial del Estado. Según nuestro más alto Tribunal, dicha indemnización debió ser registrada en el Impuesto sobre Sociedades del año en que se pagó y que actualmente están prescritos.
¿Qué significa esto para usted? Que los impuestos pagados por la indemnización recibida y declarada en los Impuestos sobre Sociedades de los años 2020 y siguientes, pueden ser reclamados a la Administración. En términos prácticos, esto se traduce en que la Administración le devolverá el 25% de la cantidad que recibió por el céntimo sanitario y el 25% de los intereses cobrados.
Nuestro despacho está a la vanguardia en este proceso y tiene previsto iniciar las devoluciones correspondientes. Si usted ha sido afectado por esta situación, le invitamos a que se ponga en contacto con nosotros. No pierda esta oportunidad de reclamar lo que legítimamente le corresponde.