Se reduce temporalmente el IVA de determinados combustibles

El pasado miércoles, 21 de septiembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.

Destacan las siguientes medidas:

  • Reducción del 21 al 5 por ciento del tipo de IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de gas natural.  Esta medida se adopta con carácter excepcional y transitorio para responder al incremento de precios en el mercado energético.

  • Se establece también de forma excepcional y transitoria una reducción desde el 21 al 5 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña utilizados en sistemas de calefacción. Se pretende con ello favorecer el desarrollo y la utilización de combustibles menos contaminantes en sistemas de calefacción y fomentar la suficiencia energética

Estas medidas serán de aplicación desde el 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.

En relación con esta cuestión debemos señalar que este Real Decreto Ley 17/2022 no ha regulado qué tipo de recargo de equivalencia debe aplicarse en estas operaciones, cuestión, que deberá ser aclarada con celeridad  por la Administración tributaria.

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